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La industria farmacéutica en España estrena nuevo Código de Buenas Prácticas que refuerza la transparencia en sus relaciones con profesionales sanitarios

Desde este mes de enero, la industria farmacéutica en España se rige por un nuevo Código de Buenas Prácticas con el que se transpone la normativa de la Federación Europea de Asociaciones de la Industria Farmacéutica (EFPIA en sus siglas en inglés), alineando el sistema español de autorregulación con el resto de sistemas existentes en Europa en materia de promoción de medicamentos de prescripción e interrelación con profesionales y organizaciones sanitarias.

El nuevo Código de la industria farmacéutica en España, además del Código EFPIA (aprobado el pasado mes de junio), recoge en un único texto el Código de Buenas Prácticas de Promoción de Medicamentos y de Interrelación de la Industria Farmacéutica con Profesionales Sanitarios, y el Código de Buenas Prácticas de Interrelación con las Organizaciones de Pacientes, vigentes hasta ahora en nuestro país.

Con este nuevo texto, aprobado por los Órganos de Gobierno de Farmaindustria el pasado mes de diciembre, se pone de manifiesto la mejora continua y el compromiso de este sector con los mayores niveles de exigencia ética y de responsabilidad en las actividades de promoción de medicamentos de prescripción y en las relaciones que la industria farmacéutica innovadora mantiene con profesionales y organizaciones sanitarias, así como con las organizaciones de pacientes.

Para ello, en materia de promoción de medicamentos de uso humano el nuevo Código cubre todos los mecanismos de promoción, incluyendo la publicidad directa por correo, prensa o Internet, las actividades de los empleados del laboratorio, Internet, la utilización de materiales audiovisuales, tales como películas, vídeos, sistemas de almacenamiento de datos y otros que pudieran surgir en el futuro.

Asimismo, cubre todas las formas de interrelación entre las compañías farmacéuticas con profesionales y organizaciones sanitarias, incluyendo el patrocinio de congresos científicos y de reuniones de carácter profesional o científico, el ofrecimiento de muestras y hospitalidad, y las derivadas de acuerdos de investigación (ensayos clínicos, estudios) o de otro tipo de acuerdos (colaboración, consultoría, etc.). Igualmente cubre todas las formas de interrelación entre las compañías farmacéuticas y las organizaciones de pacientes.

El nuevo Código de Buenas Prácticas de la industria farmacéutica hace especial hincapié en transparentar las relaciones de los laboratorios con profesionales y organizaciones sanitarias. Así, una de las principales novedades que introduce es la publicación anual de las transferencias de valor que realicen las compañías farmacéuticas a dichos colectivos por actividades de investigación y desarrollo o formativas y reuniones científico-profesionales, así como por donaciones y por prestación de servicios.

Con esta iniciativa, cuya envergadura y alcance no tiene precedente a nivel español, se quiere reforzar y potenciar la confianza en el sector sanitario y en la colaboración entre la industria farmacéutica y los profesionales sanitarios, imprescindible para garantizar una asistencia sanitaria de calidad. De ella se beneficiarán las propias compañías, los pacientes y la sociedad.

Este nuevo texto refuerza, a su vez, las garantías de independencia en la interrelación de los laboratorios con profesionales y organizaciones sanitarias. Al igual que en el Código hasta ahora vigente, está prohibida la entrega de obsequios relacionados con medicamentos de prescripción para evitar que se incentive su prescripción, dispensación o administración. En relación con materiales formativos o informativos y artículos de utilidad médica su entrega sólo podrá realizarse si están relacionados con el ejercicio de la medicina y la farmacia y benefician el cuidado o atención de los pacientes.

El cumplimiento de los principios que recoge este Código permite asegurar que la información proporcionada en el marco de la promoción de los medicamentos de prescripción, es completa, inmediata y veraz, todo ello en beneficio tanto de los intereses de la Administración sanitaria, como de la propia industria farmacéutica y en aras de la protección y mejora de la salud pública.

Para velar y garantizar el cumplimiento del sistema de autorregulación, la industria farmacéutica en España cuenta desde 2004 con tres órganos de control independientes: la Unidad de Supervisión Deontológica (USD), la Comisión Deontológica y el Jurado de la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol).